ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL.
Se establece los órganos siguientes:
1.
Órgano de
Dirección : Dirección y Sub-Dirección de Primaria
2.
Órgano de
Ejecución : Personal Docente Primaria y Secundaria
3.
Órgano de
Apoyo : Personal Administrativo
4.
Órgano de
Ases. Concert.y Vig. : Consejo Educativo Institucional (CONEI)
5.
Órgano
Pedagógico : Consejo Académico (CONA)
6.
Órgano
de Participación : Asamblea General de Docentes y
administrativos,
Padres de
Familia, Municipio, Entidades Públicas y
Privadas.
Funciones del Consejo Educativo
Institucional.
a. PARTICIPACIÓN:
§Promoviendo el mantenimiento del local escolar, asegurando el normal inicio
del año escolar.
§ Formulación y evaluación del PEI,PAT y el POA.
§ En la mejora del clima institucional.
§ En los contratos de personal.
§ En el reconocimiento de digno del personal.
§ En la evaluación del personal docente y administrativo: ingreso, permanencia y ascenso.
b. CONCERTACIÓN:
§ Escuchando las opiniones especialmente de los alumnos.
§ Solucionando conflictos para el bien común .
§ Proponiendo estrategias para mejorar las relaciones humanas y el clima institucional .
§ Firmando los acuerdo en las actas de reuniones .
c.
VIGILANCIA CIUDADANA:
§ Cautelando la transparencia en la gestión del personal docente,
administrativo y de padres de familia, especialmente de los recursos.
§ Velando por el respeto a los derechos de las estudiantes y de los demás.
§ Asumiendo con responsabilidad todas nuestras funciones y acciones.
§ Cautelando la rendición de cuentas de todo el personal: permanente y
pública.
§ Cautelando que se cumpla el número de horas efectivas de clase en la
I.E .
CONA
Funciones del Consejo
Académico:
Las funciones del Consejo Académico,
según el artículo 24 del Decreto Supremo N° 1860 son:
a. Servir de
órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del
proyecto educativo institucional.
b. Estudiar el
currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las
modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el
presente Decreto.
c. Organizar el
plan de estudios y orientar su ejecución.
d. Participar en
la evaluación institucional anual.
e. Integrar los
consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los
educandos y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso
general de evaluación.
f.
Recibir y decidir los reclamos de los
estudiantes sobre la evaluación educativa.
g. Las demás
funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuyan el
proyecto educativo institucional.
COMITÉ DE RECURSOS
PROPIOS
Funciones del Comité
de Recursos Propios:
a. Formular y
aprobar el Plan Anual de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas
y Empresariales.
b. Aprobar el
presupuesto para la ejecución del Plan Anual de Gestión de Recursos Propios y
Actividades Productivas y Empresariales.
c. Ejecutar
los trámites pertinentes ante las instancias tributarias y administrativas
correspondientes.Las
Instituciones Educativas Públicas generadoras de Recursos Propios deberán
tramitar el “Registro Único de Contribuyente” RUC ante las oficinas de la
Superintendencia de Administración
Tributaria (SUNAT)
d. Supervisar,
controlar y evaluar el proceso de ejecución del Plan Anual de Gestión de
Recursos Propios y Actividades Productivas y Empresariales.
e. Proponer
contratos y convenios con personas naturales o jurídicas para facilitar la
realización del Plan Anual de Gestión de Recursos Propios y Actividades
Productivas y Empresariales.
f.
Informar bimestralmente el Consejo Educativo
Institucional del manejo de los recursos propios y gestión de actividades
productivas y empresariales de la
Institución Educativa , cuando
corresponda.
g. Informar
trimestralmente a la
Unidad de gestión Educativa Local
correspondiente, sobre el movimiento de captación y uso de los ingresos
provenientes de los Recursos Propios y Actividades Productivas y Empresariales.
h. Cumplir con
las responsabilidades tributarias derivadas de la ejecución de las actividades
productivas, según sea el caso.
i.
Depositar en la cuenta bancaria de la
Institución Educativa , los ingresos
provenientes de los Recursos Propios y las Actividades Productivas y
Empresariales, dentro de las 24 horas y, excepcionalmente en los plazos
autorizados por la instancia inmediata superior. Según Art. 4º numeral 4.1 de la
Directiva de Tesorería Nº
001-2007-EF/77.15 del Sistema Nacional de Tesorería, aprobada mediante
Resolución Directoral Nº 002-2007-EF/7715, (publicado el 27 de enero 2007).
j.
Establecer el fondo de caja chica mensual
para la atención de los gastos menores que demandan las necesidades y
actividades productivas y empresariales de las Institución Educativa. La
Dirección de la
Institución Educativa Pública
emitirá Resolución Directoral autorizando la apertura del fondo Fijo para Caja
Chica y designara encargado para el manejo. El mismo realizará Arqueos de Caja, sorpresivos,
en forma mensual, Arqueo Caja Chica, similarmente efectuara las
Conciliaciones Bancarias. Normas Generales de Tesorería ( NGT) -06
Uso del fondo Fijo para Caja Chica y NGT -07 Reposición Apertura del fondo de
pagos en Efectivo y del fondo para caja chica
k. Aprobar los
egresos de dinero para la ejecución del Plan Anual de Gestión de Recursos
Propios y Actividades Productivas y Empresariales.
l.
Asumir en forma solidaria, la responsabilidad
administrativa y económica de la gestión de los recursos, cumplimiento de los
plazos, cantidad y calidad de los bienes y servicios ofrecidos por la
Institución Educativa.
m. Presentar el
Balance Anual de los resultados de la gestión del Comité, al Órgano de Control
Institucional para conocimiento y fiscalización pertinente.
Órgano de Participación
Asamblea General de Docentes y
administrativos, Padres de Familia, Municipio, Entidades Públicas y
Privadas.
CONEI Primaria: Anyela Bejarano
CONEI Secundaria: Jenny Calle
AÑO 2019 - 2020
CONEI Primaria: Anyela Bejarano Herrera
CONEI Secundaria: Alberto Condori Chambilla
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