ESTUDIANTES SECUNDARIA

AÑO 2024

NORMAS EN EL REGLAMENTO DE NUESTRA IE 41026 MARIA MURILLO DE BERNAL

DERECHOS, DEBERES, ESTÍMULOS, FALTAS, SANCIONES  DE LAS
ESTUDIANTES
Art.  36.-DE LOS   DERECHOS   DE LAS ESTUDIANTES
Son derechos de las  estudiantes:
a.       Recibir formación integral en la Institución Educativa, que le brinda seguridad moral y física.
b.       Ser tratada con dignidad y ser valorada, respetada sin discriminación alguna de sexo, raza, religión etc.
c.       Participar en todas las actividades y eventos culturales, de conocimientos, deportivos, artísticas etc. que promueva la Institución Educativa y otras instituciones.
d.       Ser evaluada con equidad y justicia
e.       Utilizar las instalaciones, servicios y materiales que ofrece la Institución Educativa previa autorización.
f.        Elegir y ser elegidas como representantes de sus compañeras.
g.       Representar oficialmente a la Institución en los diferentes eventos.
h.       Otros que se le asigne.
 Art. 37.-DE  LOS  DEBERES DE LAS ESTUDIANTES 
                      Son deberes de las  estudiantes
a.       Respetar y cumplir con las normas y el Reglamento Interno del Plantel
b.       Respetar y obedecer a las Autoridades Educativas del Colegio (Sr. Director y Sra. Sub-Directora), Personal Docente, Personal Administrativo, Compañeras y Autoridades estudiantiles (Alcaldesa, Regidoras, Policía Escolar, etc.) dentro y fuera de la I.E.
c.       Asistir con puntualidad a la I.E., al aula y a todas las actividades organizadas por la I.E.
d.       Justificar su inasistencia con presencia de  sus padres de familia.
e.       Cuidar los ambientes, talleres, equipos, baños, mobiliario y demás instalaciones del plantel, así como la ambientación de las estudiantes del otro turno y cuidar  las pertenencias de sus compañeras. Así mismo no hacer inscripciones en las carpetas o servicios higiénicos.
f.        Participar en forma responsable en las actividades educativas de la Institución absteniéndose de intervenir en actividades políticas partidarias dentro del local escolar o en actos reñidos con la moral y las buenas costumbres, que atenten contra la salud física, espiritual y mental de las demás estudiantes.
g.       Concurrir a la Institución Educativa debidamente aseada, con el uniforme escolar e insignia así mismo con las indicaciones de los docentes y Sres. Auxiliares de Educación, portando únicamente sus útiles escolares.
h.       Permanecer en el plantel en el horario establecido así como dentro del aula
i.         Otros deberes que se considere en los aspectos normativos.
Art. 38.-  DE LOS ESTIMULOS DE LAS ESTUDIANTES
a.       Se otorgará a las estudiantes una felicitación verbal y escrita
b.       Se otorgará mención honrosa (diploma).
Art. 39.-  DE LAS FALTAS    LEVES DE LAS ESTUDIANTES:
a.       Formar grupos  dentro  de la institución  educativa que atenten el normal desarrollo educativo.
b.       Practicar juegos de azar en el aula o institución educativa.
c.       Evadirse del aula en horas de clase.
d.       Llevar inadecuadamente el uniforme escolar (falda sobre la rodilla, blusa fuera de la falda, sin corbata o mal ubicada, medias caídas, etc.) Así mismo, utilizando maquillaje, accesorios inadecuados, cabellos teñidos o uñas pintadas.
e.       No presentar la agenda educativa al auxiliar (nivel secundario).
f.        Amenazar u hostigar a su compañera
g.       Fomentar el desorden  en el aula en presencia o ausencia del profesor.

Art. 40.- DE LAS FALTAS GRAVES DE LAS ESTUDIANTES.

a.       Evadirse del plantel en horas de clase o premeditadamente salir de su domicilio y no llegar a la Institución Educativa.
b.       Apropiarse indebidamente de los útiles y/o pertenencias de sus compañeras de la Institución Educativa.
c.       Maltratar verbal o físicamente a su compañera dentro o fuera de la Institución Educativa.
d.       Falsificar y/o adulterar firmas de docentes y padres de familia o apoderados, sellos, boleta de notas y otros documentos técnico-pedagógicos de la Institución Educativa.
e.       Dibujar figuras pornográficas o hacer inscripciones en carpetas, pizarra, paredes, puertas de aulas y de los servicios higiénicos, etc.
f.        Traer licor, cigarrillos, sustancias tóxicas, etc.
g.       Beber licor, fumar, consumir drogas en la Institución Educativa o venir con  síntomas de embriaguez o en estado etílico.
h.       Hablar palabras soeces en presencia de autoridades, docentes, padres de familia y estudiantes de la Institución Educativa.
i.         Realizar acciones deshonestas o reñidas contra la moral y buenas costumbres.
j.         Promover  desórdenes vandálicos dentro y fuera de la institución.
k.        Agredirse físicamente    con sus compañeras dentro o fuera  de la institución educativa.
l.         Utilizar o poseer instrumentos punzo cortantes, como: navajas, cuchillos, hojas de afeitar,  y otros con fines de agresión.
h.       Faltar de palabra y/o burlarse de las autoridades, docentes, auxiliares y personas de la institución educativa.
i.         No entregar citaciones a sus padres o apoderados por faltas cometidas.
j.         No tener buen comportamiento llevando puesto el uniforme   dentro y fuera de la  Institución.
m.     Realizar peticiones o reclamos sin fundamento y en grupos en forma impositiva.
n.       No acatar disposiciones de la institución educativa.
o.       Negarse a participar en actividades cívico patrióticas, culturales, educativas,  y deportivas, salvo exoneración.
k.       Deteriorar el mobiliario de la Institución en cualquiera de sus formas.
l.         Faltar el respeto a la Brigadier general, Brigadieres de sección y policías escolares y otras personas.
m.     Prohibido el uso de celulares  y otros similares en horario escolar.

Art. 41.- DE LAS SANCIONES DE LAS ESTUDIANTES
a.       Amonestación verbal o escrita del profesor, tutor o auxiliar de educación, considerándose un calificativo de “C” en  comportamiento (secundaria).
b.       Amonestación verbal o escrita de  la  Sub-Directora (primaria) o Director, con un calificativo de “C” en comportamiento.
c.       Suspensión  temporal del plantel, según las faltas cometidas, hasta por un periodo no mayor de ocho días, con opinión del comité de tutoría, DESNA y Consejo Educativo Institucional, considerándose un calificativo de “C” en  comportamiento.
d.       Cambio de la I.E., en casos que la estudiante tenga como antecedentes dos suspensiones.
e.       Si es grave separación definitiva de la I.E.

Art. 42.- De la observación de actitudes:
a.       Las estudiantes son observadas durante el desarrollo de las sesiones de aprendizaje por los profesores.
b.       Los docentes registran las incidencias y actitudes en un cuaderno anecdotario que cada salón tiene,   y otros considerados en este reglamento.
Art.43.- El padre de familia asume los siguientes deberes:
-          Apoyar a la estudiante en su formación integral, con el buen ejemplo y  con la práctica de los valores morales y éticos y con el debido respeto.
-     Dialogar permanentemente con la  estudiante,  en cuanto a sus derechos y deberes, orientándola a la superación diaria.
-          Reforzar en el hogar los aprendizajes adquiridos en la I.E., apoyándola en el desarrollo de sus tareas.
-     Controlar en la casa la utilización de su tiempo, para poder cumplir con sus tareas escolares, su asistencia y puntualidad a la I.E.

-          Asumir el compromiso con la I.E., el rol de padre y/o madre para la educación de su hija.


ESTUDIANTES NIVEL SECUNDARIO 2024

ESTUDIANTES PRIMERO "A"

ESTUDIANTES PRIMERO "B"

ESTUDIANTES PRIMERO "C"

ESTUDIANTES SEGUNDO "A"

ESTUDIANTES SEGUNDO "B"

ESTUDIANTES SEGUNDO "C"

ESTUDIANTES TERCERO "A"

ESTUDIANTES TERCERO "B"

ESTUDIANTES TERCERO "C"

ESTUDIANTES CUARTO "A"

ESTUDIANTES CUARTO "B"

ESTUDIANTES CUARTO "C"

ESTUDIANTES QUINTO "A"

ESTUDIANTES QUINTO "B"

ESTUDIANTES QUINTO "C"

ESTUDIANTES SEXTO "A"

ESTUDIANTES SEXTO "B"

ESTUDIANTES SEXTO "C"

No hay comentarios:

Publicar un comentario

MURILLANAS DE CORAZÓN

MURILLANAS DE CORAZÓN
Insignia